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lunes, 27 de noviembre de 2017

Ley del odio crea censores militares y policiales para inhibir a la ciudad


Protesta
De 8 a 10 años de cárcel estarían sometidos funcionarios militares y policiales que se abstengan de intervenir para evitar la consumación de los hechos punibles establecidos en la Ley constitucional contra el odio por la convivencia pacífica y la tolerancia, que aprobó la asamblea nacional constituyente. Penalistas señalaron que la intención es obligar a los oficiales a renunciar a su derecho a la libertad de conciencia y a inhibir a los ciudadanos para que no se expresen libremente.

“Todo funcionario o funcionaria policial o militar que en ejercicio de sus funciones voluntariamente se abstenga, omita o retarde intervenir para evitar la consumación de cualquiera de los hechos punibles establecidos en la presente ley o para detener a la persona respectivamente responsable (…)” será sancionado, según lo establece el artículo 24 del instrumento legal.
“La Ley le está otorgando una discrecionalidad ilimitada a los funcionarios militares y policiales a modo de censores. Ya no es un eufemismo ni tampoco hashtag hablar mal de Chávez ni del gobierno, ahora es un delito amparado por el derecho penal del enemigo”, manifestó Jesús Ollarves, abogado especializado en derecho penal.
Denunció que la ley está obligando a los funcionarios a renunciar a sus derechos de conciencia, así como también a detener o coaccionar toda práctica que para ellos sea considerada como de odio. “No solo es un dislate jurídico, sino un grandísimo disparate”, agregó.
El abogado y profesor de Derecho Penal, Alberto Arteaga Sánchez, indicó que entre las gravedades de esta norma es que pone en manos de esos funcionarios públicos la apreciación de lo que es o no un delito de odio, debido a que el instrumento legal carece de esta definición y además se pretende sancionarlos si se rehúsan a detener a una persona que presuntamente incurra en esos hechos punibles.
“Con eso se está autorizando una detención arbitraria. Nadie puede ser detenido sin orden judicial y en caso de que sea en flagrancia, ¿cómo se va a determinar que sea un delito?”, expresó. Criticó que esto deje al libre albedrío de los funcionarios y de los órganos de justicia “la interpretación arbitraria”, de suponer que una persona incite al odio.
“Sencillamente es una norma carente de todo sentido y fundamento jurídico que impone la detención arbitraria de una persona que iría a manifestar su disgusto contra el gobierno”, indicó Arteaga Sánchez. Agregó que en Derecho Penal es inaceptable sancionar “por pretendidas condiciones”.
Mordaza. Ambos juristas indicaron que en el país existen promotores del la Ley contra el odio, que han justificado la normativa con base en ordenamientos jurídicos que se han aplicado en otros países, como en los europeos.
Arteaga Sánchez expresó que esas legislaciones surgieron a raíz del nazismo, con lineamientos claros de discriminación de raza, religión y preferencia sexual. No obstante, en Venezuela “la situación es completamente distinta. En nuestro caso está orientada hacia la discriminación de quien comparte determinada posición política”.
Detalló que las legislaciones contra el odio que se han implementado en el mundo son disposiciones que también restringen la libertad de expresión, pero “no son tan vagas sobre la base de presunciones” comparadas con la que se pretende aplicar en Venezuela. Dijo que la ley aprobada por la ANC viola los principios establecidos en la Constitución.
Ollarves explicó que las normativas que han surgido sobre esta materia en otros países están adaptadas a las declaraciones y pactos internacionales de derechos humanos, pero la propuesta de la ANC no, y tampoco está acoplada a los principios de legalidad, proporcionalidad y discrecionalidad.
Manifestó que estas leyes son características de gobiernos totalitarios para perseguir a la disidencia. Indicó que en otras latitudes la tendencia ha sido a despenalizar este tipo de expresiones y de acciones, y se ha llevado a la sanción civil, por daños y prejuicios, y no penal. 
Dijo que las legislaciones como estas no han funcionado en otras sociedades, como en Chile donde hace años dejó de estar vigente. “Aquí lo que se pretende es silenciar al ciudadano y aniquilar la libertad de expresión. Estamos experimentando un franco retroceso en el que se han ido mutilando las premisas liberales del derecho penal e incorporando delitos que son incompatibles con la libertad de expresión”, sentenció.

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