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viernes, 28 de febrero de 2020

¿Qué valor jurídico tienen las notas de prensa del TSJ contra Juan Guaidó?


 Pese a que el artículo 26 de la Constitución ordena al Estado garantizarles a los venezolanos una justicia «transparente», el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) es cada vez más opaco. Así no solo incumple con su obligación de rendir cuentas a los ciudadanos, sino que además se demora en publicar sus decisiones y en algunos casos ni siquiera lo hace; únicamente se limita a anunciarlas mediante ruedas de prensa o escuetos comunicados.


Un caso emblemático lo configura la nota de prensa del 29 de enero de 2019 de la Sala Plena en la que decretó una serie de medidas cautelares contra el parlamentario y presidente encargado de la República, Juan Guaidó, sin que hasta ahora conste la existencia de una sentencia jurídicamente hablando. Igual ocurre con la nota de prensa del 1 de abril de 2019, en que ordena a la Asamblea Nacional Constituyente levantarle la inmunidad parlamentaria, lo multa por desacato a la prohibición de salida del país y ordena al Ministerio Público su enjuiciamiento.
Acceso a la Justicia alerta que una nota de prensa no es un medio jurídico establecido legalmente para hacer posible el conocimiento de una sentencia. Esta práctica no solo viola la Carta Magna, sino también leyes como el Código de Procedimiento Civil, que en su artículo 247 establece claramente que “las sentencias definitivas se publicarán agregándose al expediente, en el cual se pondrá constancia del día y hora en que se haya hecho la publicación”.
La publicación de la sentencia es un requisito fundamental para que las partes conozcan las razones por las cuales ganaron o perdieron el caso y para que puedan apelar ante una instancia superior si lo consideran necesario.
Lo más grave es que este modus operandi se ha vuelto costumbre en los últimos años, en especial luego de las elecciones parlamentarias de 2015 y de la consecuente embestida que el máximo juzgado ha emprendido contra la Asamblea Nacional para neutralizarla. Prueba de ello es que muchas de las sentencias en las que se ha despojado a diputados de su inmunidad no han sido publicadas, sino que se han anunciado simplemente sin que conste aún su texto en la página web del TSJ.
En esta situación se encuentran los diputados Henry Ramos Allup, Luis Florido, Mariela Magallanes, José Simón Calzadilla, Américo De Grazia, Richard Blanco, Freddy Superlano, Sergio Vergara, Juan Andrés Mejía, Carlos Paparoni, Miguel Pizarro, Franco Casella, Winston Flores, Rafael Guzmán, Juan Pablo Guanipa, Jorge Millán, Hernán Alemán, Carlos Lozano y Luis Stefanelli, en cuyos casos solo se conoce el número de la sentencia y el contenido básico de su decisión sin que esté publicado en la página web del TSJ el texto de su sentencia, es decir, que, entre otros aspectos, no se conoce su fundamento.
Esto también ha ocurrido con los alcaldes opositores Alfredo Ramos (Barquisimeto), Gustavo Marcano (Lechería), Ramón Muchacho (Chacao) y Carlos García (Mérida), quienes fueron destituidos por nota de prensa (emitidas entre julio y agosto de 2017) y hasta el momento no se conoce el texto de las sentencias que los destituye.
Aunque es posible que la sentencia esté en el expediente de cada caso, es cuando menos extraño que el TSJ por lo general publique la sentencia en su página web y en estos casos de persecución política no lo haya hecho, lo que hace pensar que no se ha escrito el texto de la decisión. En el caso de Guaidó la situación es aún más grave, porque no hay siquiera un número sentencia, por lo que puede no haber un verdadero fallo con la anuencia de los magistrados de la Sala Plena y las formalidades legales requeridas para este tipo de decisiones, ya que solo hay dos notas de prensa.
Resulta claro que el TSJ con este proceder trasgrede el Estado de derecho, así como los derechos de los diputados de la oposición al no sujetar el desempeño de su actuación a los postulados de seguridad y certeza jurídica, creando factores adicionales que complican aún más la institucionalidad en el país.
¿Y a ti venezolano, cómo te afecta?
La no publicación de los textos de las sentencias por parte del TSJ o el emitirlas mediante notas de prensa es otra prueba más de los vicios de una administración de justicia que no es tal, porque no cumple siquiera con los requisitos formales mínimos de su función, sobre todo en casos tan graves como los del enjuiciamiento de los diputados de oposición de la Asamblea Nacional.
Lamentablemente, el modo de actuar del alto tribunal solo produce crisis y más enfrentamientos entre el Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo, lo cual alienta pocas expectativas para el país, además de que profundiza el ambiente tenso y conflictivo que respiran los venezolanos por las graves distorsiones que en la vida jurídica, política, social, económica y cultural ha causado hasta ahora la máxima autoridad judicial en Venezuela, al no resolver los conflictos políticos sino tomar partido.

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