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domingo, 11 de octubre de 2020

La Constitución se volvió letra muerta con actuación de asamblea constituyente


Asamblea Nacional Constituyente

Los abogados Juan Rafalli y Alí Daniels sostienen que, desde su convocatoria en 2017, la asamblea constituyente violentó la Carta Magna, usurpó funciones y facilitó la implantación de un sistema represivo en Venezuela, cuyos ciudadanos perdieron las garantías aprobadas por el pueblo en el referendo de diciembre de 1999



En mayo de 2017 el entonces Presidente Nicolás Maduro convocó una asamblea constituyente. No estaba facultado para ello porque la Constitución, en su artículo 347, establece que el pueblo de Venezuela, como depositario del poder constituyente originario, es el que puede convocar una Asamblea Nacional Constituyente, que el mismo artículo precisa tiene la misión de transformar el Estado, crear un nuevo ordenamiento y redactar una nueva Constitución.

La convocatoria, más allá de lo irregular de haber sido hecha por uno de los Poderes Constituidos, en este caso el Ejecutivo, fue motivo de mayor polémica debido a las bases que se establecieron para elegir a los constituyentes, bases que, una vez más, no aprobó el pueblo que es el depositario del poder constituyente originario, sino que fueron dictadas por Nicolás Maduro y determinaron que los integrantes de la asamblea serían elegidos por sectores (empresarios, trabajadores, estudiantes, jóvenes, adultos mayores, mujeres), en contradicción al principio del voto universal consagrado en la Carta Magna, algo que en su oportunidad fue calificado como una tendencia corporativista por parte de la gestión del mandatario.

Desde su instalación el 4 de agosto de 2017, la asamblea constituyente ha dictado cerca de 60 leyes y decretos, ha aprobado en una ocasión el Presupuesto Nacional, juramentado gobernadores y alcaldes, suprimido una entidad  (la Alcaldía Metropolitana de Caracas) y todo esto sin haber elaborado una nueva Constitución, que es lo que está llamada a hacer -de ahí el nombre de constituyente- y por ende, sin que su actuación vaya a ser refrendada por el pueblo, como ordena la propia Carta Magna cuya majestad ha sido arrebatada.

Interpretación particular de la asamblea constituyente

Hay que tomar en cuenta que la Constitución establece en su artículo 333 que la misma no perderá su vigencia si dejare de observarse por acto de fuerza o porque fuere derogada por otro medio distinto al previsto en ella

Una nueva Constitución, que es la que transforma el Estado y crea su marco jurídico, debe ser sometida a referendo popular para entrar en vigencia. Por ello, en atención a lo que establece la Constitución, es el pueblo el que tiene la última palabra sobre la actuación del organismo, algo que, según ha anunciado el propio gobierno de Nicolás Maduro, no va a tener lugar, pues la constituyente no elaborará un nuevo Texto Fundamental.

La ANC se declaró a sí misma como poseedora de un carácter plenipotenciario y supraconstitucional, es decir, de los atributos que corresponden al pueblo en su conjunto como depositario de ese poder constituyente originario.

Lea también: ¿Fue legítima la convocatoria a una asamblea constituyente por Nicolás Maduro en 2017?

Es por ello que los abogados Alí Daniels y Juan Raffalli coinciden en señalar en que, a pesar de lo que ha dictaminado la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, cada una de las actuaciones de la asamblea constituyente ha sido una violación de la Carta Magna vigente y la actuación total un gran fraude a los venezolanos.

Asamblea constituyente fue para sustituir al Parlamento

Para Juan Rafalli, es obvio que la convocatoria y bases comiciales estuvieron apartadas de la Constitución ya que no hubo consulta popular mediante la cual el pueblo convocara a una asamblea constituyente y aprobara unas bases comiciales para ello, sino que fue un acto unilateral de Nicolás Maduro. A su juicio, la verdadera justificación de la asamblea constituyente era sustituir al Poder Legislativo, el cual contaba con mayoría opositora producto de las elecciones de diciembre de 2015 pero fue anulado en la práctica por decisiones de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.

“La asamblea constituyente lleva más de 60 decretos constituyentes y alrededor de 15 leyes que constituyen el objeto material que representa la usurpación de la función de la Asamblea Nacional. Esos decretos y leyes no forman parte de la misión constitucional de una asamblea nacional constituyente, que es crear una nueva Constitución y desarrollar a partir de ahí un nuevo ordenamiento jurídico si la misma es aprobada en referendo”, explica Raffalli.

Destaca Rafalli que esa asamblea declaró hacia sí misma la subordinación de todos los Poderes Públicos, algo que asegura no era posible ya que la Constitución mantiene su vigencia mientras no sea derogada y por ellos los Poderes Públicos no deben estar sometidos a dicha asamblea.

Indica que una constituyente solo puede actuar contra los Poderes Públicos cuando algunos de éstos entorpecen su misión de redactar una nueva Constitución, que tal es la única supremacía que tiene esa figura, ya que la Carta Magna dictamina que dichos poderes no pueden obstruir la misión de la asamblea constituyente, que es redactar la nueva Constitución.

Asamblea constituyente usurpadora

Para Rafalli, las siguientes violaciones a la Constitución que cometió la asamblea constituyente convocada por Nicolás Maduro fueron las remociones y designaciones de titulares de los Poderes Públicos.

En uno de sus primeros actos, el mismo día de su instalación, la constituyente destituyó de su cargo a la Fiscal General de la República, Luisa Ortega Díaz, y nombró a Tarek William Saab como nuevo titular del Ministerio Público, una prerrogativa que tiene la Asamblea Nacional (Parlamento), que puede hacerlo con los votos de las dos terceras partes de sus integrantes (112 diputados), precisamente el número de escaños que había logrado la oposición en las elecciones de 2015, pero que fue escamoteada por el TSJ al ordenar la suspensión de los efectos de la proclamación de los diputados electos por el estado Amazonas.

La siguiente violación de la Constitución por usurpación de funciones que observa Rafalli es la convocatoria de elecciones por parte de la asamblea constituyente. Para mayo de 2018 convocó elecciones presidenciales, una atribución del Consejo Nacional Electoral y que debían hacerse a finales de ese año. Al proceso no acudió la oposición, que denunció la inconstitucionalidad de la convocatoria.

A finales de ese año la asamblea constituyente convocó elecciones de gobernadores y estableció que los candidatos que resultaran electos debían juramentarse ante ese organismo, a pesar de que el ente que tiene la facultad de proclamar resultados es el CNE y los funcionarios electos son responsables ante sus electores.

La medida generó controversia y división en la oposición. Algunos gobernadores electos, como Antonio Barreto Sira en Anzoátegui, y Laidy Gómez en Táchira, aceptaron subordinarse a la asamblea constituyente, pero no así el nuevo gobernador del Zulia, Juan Pablo Guanipa, quien entonces fue destituido del cargo por parte de la asamblea constituyente, en otra muestra de usurpación de funciones en opinión de Juan Rafalli.

Fraude

Para Alí Daniels, director de la ONG Acceso a la Justicia, toda la convocatoria y actuación de la asamblea constituyente ha sido un gran fraude contra los venezolanos. Desde su perspectiva, siendo el principal motivo de una asamblea constituyente elaborar una nueva constitución, la estadía de los constituyentes en el Palacio Federal Legislativo ha constituido ese fraude.

“Nunca, desde el principio, el objetivo fue elaborar la Constitución, todo fue hecho para tratar de servir de contrapeso a la AN”, expresa Elías Daniels, quien cree que incluso en este aspecto, la asamblea constituyente fracasó.

“Fue un fraude y un fracaso. La AN, pese a que no ha podido ejercer atribuciones, no ha sido opacada en sus labores por la asamblea constituyente; ahí tenemos el tema de Juan Guaidó, de la directiva del Parlamento, etc. Y desde el punto de vista de la opinión pública nacional, pese a no poder ejercer atribuciones, sigue siendo foco de atención. Fue un fracaso, la constituyente no sirvió de medio sustitutivo al Parlamento”, precisa Alí Daniels.

Órgano de represión

A juicio de Alí Daniels, la asamblea constituyente ha sido un órgano de represión actuando para el gobierno de Nicolás Maduro.

“La aprobación de la ley contra el odio fue contra la oposición porque solo se aplica a factores de la oposición ya que hemos observado cómo a través de las redes sociales se ataca a dirigentes opositores, a quienes tildan desde homosexual hasta apátrida, y no se aplica la ley contra el odio”, señaló Alí Daniels.

Asevera que debido a la asamblea constituyente, criticar al gobierno es ahora peor que matar a alguien, porque un delito de homicidio tiene una pena menor que las que establece la ley contra el odio. “No solamente le dio turbidez a la administración, se convirtió en un arma política y en un mecanismo de represión”, acotó.

Aval para la corrupción

Como otro elemento que ha sido violatorio de la Constitución, en opinión de Alí Daniels, figura el que la asamblea constituyente ha agravado la impunidad que existe en el país.

“La asamblea constituyente derogó la ley de ilícitos cambiarios y ahí estamos hablando no de varios miles, sino de decenas o centenares de miles de millones de dólares que se desviaron hacia la corrupción. En vez de perseguir a los corruptos, se les quitó el carácter penal a esos casos”, detalla Alí Daniels.

Resalta que varias personas estaban siendo procesadas por ilícitos cambiarios y sus juicios se interrumpieron porque la ley fue derogada.

Más usurpación a través de las leyes

El abogado constitucionalista Juan Raffalli destaca que la asamblea constituyente elaboró una serie de leyes que son materia exclusiva del Parlamento.

“Se creó el tema de las cajas CLAP, que es un régimen que forma parte de la seguridad agroalimentaria que es reservada a la AN; se legisló en materia de criptomonedas, cuando la Asamblea Nacional es a la que le corresponde legislar en materia monetaria; se aprobaron leyes presupuestarias, que es parte del control de la AN sobre el presidente de la República, y también en materia de impuestos y de transacciones financieras”, detalló Raffalli.

Otros actos que pasaron por alto el marco constitucional de la nación, a juicio de Rafalli, fueron la juramentación de presidente de la República en un acto protocolar luego de la elección adelantada de mayo de 2018, y la rendición de cuentas por parte del mandatario ante ese organismo, cuando la Constitución ordena que debe ser ante el Poder Legislativo.

Para Raffalli, otro hecho de suma gravedad que se avecina e irá a la cuenta de violaciones a la Constitución por parte de la asamblea constituyente es la aprobación de la ley antibloqueo, que otorga poderes especiales a Nicolás Maduro, especialmente en el área petrolera, la misma que Constitución establece es competencia del Estado.

Final sin aprobación

Para los entrevistados, lo peor del asunto es que la asamblea constituyente cesará sus funciones (Nicolás Maduro aseguró que llegará a su término en diciembre del presente año, luego de la elección de diputados a la Asamblea Nacional) sin una consulta popular sobre su actuación.

“La supresión de la Alcaldía Metropolitana, por ejemplo, fue una reforma a la Constitución, la cambiaron y como no va a ser aprobada una nueva Constitución eso queda sin legitimación alguna. ¿Cómo puede una constituyente reformar la Constitución sin la aprobación del pueblo?”, se pregunta Alí Daniels.

En definitiva, Daniels considera que la asamblea constituyente hizo que ahora se tenga un Poder Ejecutivo más fuerte que nunca, más controlador, y con un aparato de represión consolidado. “La ley contra el odio no solo se ha aplicado contra opositores, sino contra gente común y corriente que ha protestado por servicios públicos, ha servido como medio de control social para hacer frente a las protestas. No se actúa contra opositores, sino contra personas que exigen que les llegue el agua”, resaltó.

Para Juan Rafalli, la asamblea constituyente ha sido un ente político, de carácter parlamentario, inconstitucional, tanto en su convocatoria, como en su elección, desempeño y objeto. En este último aspecto, hizo hincapié en que se dedicó a usurpar a la Asamblea Nacional (Parlamento) y no cumplió con la única misión que le entrega la Constitución, que es dictar un nuevo texto constitucional.

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