"La convocatoria de una Asamblea Nacional
Constituyente la aprueba o la niega el pueblo mediante referendo
consultivo: cuando la mayoría de los votos es ‘sí’, se aprueba la
convocatoria; en caso contrario no se convoca”, dice el libro oficial
del Ministerio de Educación para 5° grado, Venezuela y su gente, Ciencias Sociales.
En el texto de 4° grado de la misma serie se aclara: la nueva
Constitución se somete a referendo consultivo; si el pueblo vota ‘no’
queda rechazada y si vota ‘sí’, se promulga.
La sencilla explicación resume la
discusión nacional dada a partir de febrero de 1999 cuando Hugo Chávez
convocó una ANC no prevista en la Constitución; recoge la decisión de la
extinta Corte Suprema de Justicia que ordenó consultar al pueblo y
sintetiza el espíritu del debate constituyente para incluir el mecanismo
en lo que sería la nueva carta magna.
Pero ese principio consultivo no
aparece en la convocatoria de Nicolás Maduro, ni en las bases
comiciales, ni en las palabras de la presidente del CNE Tibisay Lucena,
ni en la sentencia 378 de la Sala Constitucional del TSJ. Todos insisten
en que no es necesario consultarle previamente a la ciudadanía. Para
aplacar las críticas, el mandatario señaló el jueves que “la nueva
Constitución saldrá a referéndum consultivo para que sea el pueblo el
que diga si está de acuerdo o no”, pero descartó la consulta previa.
Las bases comiciales dictadas por
Maduro y ajustadas por Lucena dicen que se elegirán 545 constituyentes:
364 en los municipios, 8 indígenas y 173 por sectores, es decir, 24
estudiantes, 8 campesinos o pescadores, 5 empresarios, 5 personas con
discapacidad, 28 pensionados, 24 de los consejos comunales y 79
trabajadores. Cualquier ciudadano puede postularse siempre y cuando
cumpla con los requisitos, entre ellos que esté registrado en el CNE y
en la data al gremio al cual quiere representar.
Indican que la mayoría de los
constituyentes municipales se elegirán de forma nominal y los
sectoriales entrarán por lista, excepto los de los consejos comunales,
que serán escogidos en asamblea de las comunas.
Ningún elector podrá estar en más de
un registro sectorial. La postulación de los candidatos municipales será
por iniciativa propia con el respaldo de 3% de los electores
municipales; y los sectoriales serán postulados por grupos de electores.
Todos los funcionarios públicos –inclusive los militares activos-
pueden postularse como constituyentes, siempre que se separen del cargo
una vez admitida la postulación.
Desde el punto de vista técnico el
proceso es apresurado, si se compara con el realizado en 1999 e incluso
con los tiempos aplicados por el CNE para el frustrado revocatorio
presidencial de 2016. Además, el CNE calculó el número de constituyentes
sectoriales sin que nadie sepa qué registros usó. Se trata de una base
de datos inauditable, advierte el técnico electoral Roberto Picón.
“Es una caja negra muy oscura. Si soy
discapacitado, pensionado y empresario ¿en cuál sector me incluyó el
CNE? No sé. ¿Cómo van a saber los candidatos dónde buscar 3% de las
firmas para postularse si el registro usado por el CNE no es público?”.
Afirma que se viola el principio de
voto universal con el objeto de manipular a los electores: “Al
sectorizar el voto, el gobierno agrupó a los más vulnerables y
manipulables clientelarmente: a los pensionados los amarran con la
pensión, a los consejos comunales con la bolsa CLAP, a los estudiantes
con las becas, a los pescadores con los créditos”.
Se irrespeta, dice, el principio de
proporcionalidad del voto, al darle igual peso a municipios rurales de
2.000 habitantes que a los urbanos de 400.000. “Para el gobierno es más
fácil distribuir 2.000 bolsas CLAP y tener a todo un pueblito contento
que distribuir 400.000 bolsas. Al igual que el sistema sectorial, el
territorial esté diseñado para el control clientelar de los electores”,
señala.
Poder Judicial: la base legal
El TSJ no es un bloque monolítico y
la convocatoria de la dupla Maduro-Lucena a una Asamblea Nacional
Constituyente lo dejó al descubierto. De 32 magistrados, 2 ya expresaron
su rechazo a los términos y oportunidad de la Constituyente: Danilo
Mojica de la Sala de Casación Social y Marisela Godoy de la Sala de
Casación Civil.
Entretanto, la Sala Constitucional se
ha apresurado a dictar dos fallos que intentan darle base legal a la
convocatoria. La sentencia 355 del 16 de mayo, determinó que las
elecciones de segundo grado no violan el derecho al sufragio, lo que
valida la elección sectorial planteada por Maduro, por encima de la
elección universal que manda la Constitución.
Y en el fallo 378 del 31 de mayo, los
siete abogados que integran dicha sala decidieron que no es necesario
consultar previamente al pueblo, via referéndum, si quiere o no redactar
una nueva Constitución.
Poder Electoral: la vía rápida
En el Consejo Nacional Electoral
tampoco hay unanimidad sobre la ANC. De los 5 rectores, 4 la apoyan
abiertamente: Tibisay Lucena, Tania D’Amelio, Sandra Oblitas y Socorro
Hernández; y uno la rechaza por inconstitucional: Luis Emilio Rondón. La
celeridad ha sido el signo de las rectoras para este proceso. Para el
revocatorio presidencial el CNE estableció una veintena de filtros,
auditorías y controles previos y pasaron 7 meses para convocar al 20%.
Pero en esta ocasión transcurrieron 20 días entre la recepción del
decreto presidencial y la fijación de las fechas de postulación,
revisión y admisión de postulaciones, proceso que durará de 16 a 30
días. Además se estableció que no se requerirá de captahuellas ni habrá
auditoria de firmas. Aunque no se ha publicado un cronograma con todas
las fases, Lucena ya dijo que la elección se realizará “a finales del
mes de julio”.
Poder Ciudadano: de tres uno
El Poder Ciudadano, conformado por la
Fiscal General, el Contralor General y su actual presidente, el
Defensor del Pueblo, también está dividido ante la convocatoria de
Maduro y Lucena. El Contralor Manuel Galindo y el Defensor Tarek Saab
afirmaron en una declaración conjunta que la convocatoria del Ejecutivo
se ajusta a la Constitución y juega a favor de la paz. La Fiscal Luisa
Ortega expresó su desacuerdo en una carta enviada a Elías Jaua a
mediados de mayo en la que rechaza el carácter “sectorial o corporativo”
de la convocatoria y por considerar que en las actuales circunstancias
no es “pertinente, ni conveniente” dicho llamado.
Ortega fue más allá y el viernes
introdujo ante el TSJ una solicitud de aclaratoria de la sentencia 378
de la Sala Constitucional por considerar que viola el principio de
progresividad de los derechos humanos, el derecho al voto universal y la
democracia participativa y protagónica.
Poder Legislativo: 111 en contra
Los 109 diputados de la oposición en
la Asamblea Nacional rechazan los términos de la ANC por considerarla
“fraudulenta”. Pero no son los únicos, de los 54 parlamentarios del Gran
Polo Patriótico, por lo menos dos se han deslindado. Eustoquio
Contreras (Guárico) lo hizo abiertamente mientras Germán Ferrer (Lara),
se ha plegado en silencio a las afirmaciones emitidas por su esposa, la
Fiscal General Luisa Ortega. El presidente del Legislativo, Julio Borges
(PJ-Miranda), afirmó que se trata de la “continuación del golpe de
Estado” y en consecuencia el Parlamento la desconoce. Cuestionaron el
“secuestro del derecho al voto” y afirmaron que el Gobierno en conjunto
con el TSJ y el CNE “falsea y manipula” las normas para justificar sus
intereses. Desde el Legislativo se creó un Frente en Defensa de la
Constitución que analiza mecanismos constitucionales y legales para
frenar a la ANC.
Desde el 1 de mayo se han pronunciado
contra la ANC la Conferencia Episcopal, las Academias, las Facultades
de Derecho, los ex rectores del CNE, el empresariado y productores
agrícolas, 40 Constituyentes del año 1999 y al menos 30 de los 59
partidos que existen en el país. Los chavistas también se rebelaron:
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