Luego de que cerró el plazo para la
postulación de candidatos a los consejos legislativos, la rectora
principal del Consejo Nacional Electoral Tanía D’ Amelio informó que las
14 organizaciones con fines políticos y el grupo de electores que
presentaron aspirantes para las presidenciales eran los únicos que
podían hacerlo para la de los comicios legislativos regionales, excluye
así a Un Nuevo
Tiempo y a Acción Democrática. También se incorporaron 38
organizaciones regionales, entre las que se encuentran representaciones
indígenas.
D’ Amelio no precisó a qué normativa electoral obedece la decisión del organismo comicial.
Félix Arroyo de AD y Vicente Bello de
UNT aseguraron que no han sido notificados oficialmente, por lo cual
presumen que es una opinión de la rectora.
Bello indicó que esperarían los
resultados de la reunión de ayer o declaraciones de la presidente del
CNE, Tibisay Lucena, para conocer con detalle esta “arbitrariedad y
completa violación de la ley”.
Argumentó que todos los partidos
tienen derecho de postular candidatos en los diferentes ámbitos, sea
municipal, regional o nacional. “Se producen distintas coaliciones en
todas las escalas. Si una organización tiene una alianza nacional no
significa que en el contexto regional no pueda tenerla. Esta decisión no
puede estar sujeta a una resolución, es un abuso”, aseveró.
Arroyo recordó que el “atropello
comenzó en las elecciones de alcaldes, en 2017, cuando algunos partidos
de oposición decidieron no postularse por considerar el proceso de
gobernadores un fraude. Los llamaron a validarse nuevamente y los
eliminaron del camino. Están ahorcando a los partidos”.
Advirtió que el CNE continúa violando el artículo 32 de la Ley de Partidos Políticos,
el cual señala que la inscripción de las organizaciones se cancelará
cuando hayan dejado de participar en dos períodos constitucionales
sucesivos, y no en dos procesos seguidos.
Las 14 organizaciones con fines
políticos habilitadas para estas elecciones y las próximas, de acuerdo
con la rectora, son el Partido Socialista Unido de Venezuela, Avanzada
Progresista, Comité de Organización Política Electoral Independiente,
Movimiento Al Socialismo, Movimiento Electoral del Pueblo, Movimiento
Político Alianza para el Cambio, Movimiento Somos Venezuela,
Organización Renovadora Auténtica, Partido Comunista de Venezuela, Por
la Democracia Social, Patria Para Todos, Tendencias Unificadas para
Alcanzar el Movimiento de Acción Revolucionaria Organizada, Unidad
Popular Venezolana, Unidad Política Popular 89 y el grupo de electores
Esperanzas por el Cambio. 10 pertenecen al Gran Polo Patriótico.
D’ Amelio señaló que Primero Justicia
no puede participar porque solo alcanzó a validarse en dos estados, sin
embargo no mencionó que se le impidió ir al proceso de reparo, que
estaba estipulado en el cronograma de la validación de partidos
realizado el 27 y el 28 de enero de este año, por orden de la asamblea
nacional constituyente.
En el caso de Voluntad Popular y
Puente, la rectora indicó que los partidos se “autocancelaron” al no
presentar su solicitud de renovación. “Esos partidos simplemente no
existen”, aseveró.
Francisco Castro, coordinador de
Súmate, afirmó que un órgano “serio, independiente y sensato” debió
hacer las elecciones separadas para cumplir con la ley, pero por estar
bajo la tutela de la ANC, adelantaron la elección presidencial y luego
hicieron la reprogramación; retrasaron por 12 días la publicación del
cronograma, “efectuaron actividades electorales de forma discrecional y
sacaron del juego a los partidos que no se prestaron para unas
elecciones que no cuentan con condiciones democráticas y en las que solo
está garantizada la ventaja para el candidato oficialista”.
Municipales debieron ser en 2016
La Asociación Civil Súmate recordó
que las elecciones de gobernadores y consejos legislativos debieron
convocarse para diciembre del año pasado y no para octubre, y sin
escoger a los diputados regionales. Las de alcaldes y concejos
municipales debieron efectuarse en diciembre de 2016, para dar
cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley
del Poder Público Municipal, el cual señala que el ejercicio del cargo
es por cuatro años, pero el Poder Electoral esperó por el mandato de la
asamblea nacional constituyente y la convocó para diciembre, un año
después.
Indicó que violaron el artículo 2 de la Ley de Regularización de los Periodos Constitucionales Legales
de los Poderes Públicos Estadales y Municipales, en el que se estipula
que las elecciones de gobernadores y legisladores se harán en conjunto,
así como las de alcaldes y concejales.
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