Desde el 20 de diciembre de 2017,
cuando la asamblea nacional constituyente aprobó un decreto para obligar
a los partidos políticos que no habían participado en las elecciones
municipales (como la Mesa de la Unidad Democrática, Acción Democrática,
Voluntad Popular, Primero Justicia y Puente) a validarse nuevamente,
pese a que cumplieron con el requisito a principios de año, y el Consejo
Nacional Electoral avaló la decisión, el presidente Nicolás Maduro
comenzó a preparar el camino para medirse en unas elecciones sin
adversarios de la oposición.
A pesar de que la ANC violó el artículo 32, letra c, de la Ley de partidos políticos, reuniones y manifestaciones públicas, que
establece que la inscripción de las organizaciones se cancelará cuando
hayan dejado de participar “en dos períodos constitucionales” y no en
dos elecciones seguidas, MUD, PJ y AD decidieron concurrir al proceso de
validación.
VP y Puente se autoexcluyeron del
proceso, según el CNE. Y el 25 de enero, tres días antes de validarse,
la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia ordenó la
exclusión de la MUD –la tarjeta más votada en Venezuela– en la
renovación porque “su conformación obedece a la agrupación de diversas
organizaciones políticas ya renovadas y otras pendientes de renovación
que podrán participar en el proceso electoral de carácter nacional, lo
cual contraría abiertamente la prohibición de la doble militancia”.
El abogado constitucionalista Juan
Carlos Apitz aseguró que el Poder Judicial manipuló la sentencia y la
letra b del artículo 32 de la Ley de partidos que prohíbe asociarse a dos organizaciones políticas, al dar a entender que firmar por un partido significaba ser militante.
“Cuando se convoca a este tipo de
procesos es para realzar la democracia y para que los partidos puedan
participar en la vida política. Si un ciudadano quiere formar parte de
un partido, acude a la casa y se inscribe, pero validarlo no implica que
será militante”, explicó.
De la jornada solo salió ileso AD. PJ no alcanzó la meta y se le impidió acudir al proceso de reparo.
“El TSJ, la ANC y el CNE aplicaron un
operativo para aniquilar y liquidar al adversario político, y convocar a
elecciones exprés. Todo estaba planificado”, dijo Apitz. “Ya no tenemos
partidos políticos. Los de auténtica oposición no están validados
porque el TSJ lo sentenció. Quieren dejarla fuera de cualquier
competencia electoral”, afirmó el técnico electoral Félix Arroyo.
Con el decreto de la ANC, la
sentencia del TSJ y el aval del CNE se violó el artículo 67 de la
Constitución, que establece que los venezolanos tienen derecho a
asociarse con fines políticos. El también profesor universitario destacó
que esos dos poderes y la constituyente “configuraron el escenario para
poder escoger a los adversarios de Maduro en las presidenciales y se
aprovecharon de los problemas de la oposición para violar leyes y
conquistar más espacios que sabían que podían perder en condiciones
democráticas”.
Adelanto presidencial. El
23 de enero de este año, mientras los partidos se debatían entre
participar o no en la validación, la ANC aprobó otro decreto para
adelantar las presidenciales antes del 30 de abril, violando así el
artículo 292 de la carta magna, que estipula que el Poder Electoral lo
ejerce exclusivamente el CNE, único ente facultado para convocar
elecciones. Apitz y Arroyo recordaron que la facultad de la
constituyente es hacer una nueva Constitución y no dictar decretos.
15 días después, la presidente del
ente comicial, Tibisay Lucena, informó que las presidenciales se harían
el 22 de abril, dando así apenas 74 días para organizarlas. Arroyo
recordó que solo hay 18 partidos habilitados, a diferencia de 2015,
cuando estaban validados más de 60.
Este adelanto violó el principio
electoral de proximidad que debe existir entre la fecha de la elección y
la de toma de posesión. De acuerdo con el artículo 231 de la
Constitución, el presidente iniciará su mandato el 10 de enero del
primer año de su período constitucional.
El 23 de febrero, la ANC consignó
ante el CNE una propuesta para analizar la viabilidad técnica de unas
megaelecciones, incluidas las parlamentarias, cuyo período culmina en
2020, pero Lucena advirtió que no estaban preparados para efectuarlas.
El 1° de marzo la rectora informó
sobre la reprogramación de las presidenciales para el 20 de mayo y la
decisión de hacer las elecciones de consejos legislativos y municipales
para el mismo día, cuyos períodos ya estaban vencidos, pero no publicó
el cronograma ni precisó nada sobre el Plan de Observación Nacional
Electoral.
Con este anuncio se violaron 4 leyes: el artículo 81 de la Ley del poder público municipal, el cual establece que el lapso de las autoridades municipales es de 4 años; el artículo 2 de la Ley de regularización de los períodos constitucionales legales de los poderes públicos estadales y municipales,
en el que se indica que las elecciones de gobernadores y legisladores
se harán en conjunto, así como las de alcaldes y concejales; el artículo
42 de la Ley orgánica de procesos electorales, que estipula
que una vez hecha la convocatoria debe publicarse en Gaceta Electoral,
así como el cronograma; y el artículo 473 del Reglamento general de la ley orgánica de procesos electorales,
en el que se señala que las actividades de observación nacional
electoral estarán sujetas al cumplimiento del Plan de Observación
Nacional Electoral que apruebe el CNE para cada proceso electoral.
“Configuraron el escenario para poder
escoger a los adversarios de Maduro en las presidenciales y se
aprovecharon de los problemas de la oposición para conquistar espacios”
Juan Carlos Apitz, constitucionalista.
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